CONTRATO DE ENCARGADO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

En la actualidad, entre ambas partes existe una relación contractual, derivada del contrato de servicio firmado por ambas partes o de la ejecución del piloto, por la cual Smowltech como encargado del tratamiento presta al Cliente como responsable de tratamiento los servicios descritos tanto en el formulario de contratación como en las condiciones generales de contratación y licencia de uso del que el presente contrato de encargado de tratamiento es anexo. Debido a la naturaleza de los servicios, el encargado del tratamiento accederá y tratará los datos de carácter personal titularidad del responsable de tratamiento.

Que, en virtud de lo expuesto, y en cumplimiento del artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales así como del artículo 28 del Reglamento (EU) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 (en adelante RGPD) en vigor en el 2018 ambas partes convienen en el acceso y tratamiento de los datos de carácter personal a efectuar por ENCARGADO DEL TRATAMIENTO para la prestación del tratamiento de acuerdo con las siguientes ESTIPULACIONES.

PRIMERA.- Objeto del encargo del tratamiento

Mediante las presentes cláusulas se habilita a ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, para tratar por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio determinado en el contrato del cuál este es anexo, dependiendo del servicio contratado:

Para ello el ENCARGADO realizará los siguientes tratamientos de datos de carácter personal:

SEGUNDA.- Identificación de la información afectada

Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, pone a disposición del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, la información que se describe a continuación según el servicio contratado:

Las categorías de interesados cuyos datos podrán ser tratados por el ENCARGADO en virtud de este contrato son las siguientes:

TERCERA.- Duración

El presente contrato tendrá la misma duración que el contrato de prestación de servicios recogido en el expositivo primero del que resulta accesorio. El presente contrato se regirá por la legislación de carácter mercantil española, en cuanto a la prestación del servicio, y por la de protección de datos en cuanto a los términos y condiciones en que ha de producirse el tratamiento.

CUARTA.- Obligaciones del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.

El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO y todo su personal se obliga a:

QUINTA.- Obligaciones del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO

Corresponde al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO:

SEXTA.- INDEMNIDAD

Ambas partes se obligan a mantener indemne a la otra parte frente a cualquier daño y perjuicio de cualquier naturaleza que pudiera sufrir por el incumplimiento por parte de una de las partes y sus empleados o colaboradores, de lo dispuesto en el presente acuerdo y en la legislación vigente en materia de protección de datos personales, así como por cualquier reclamación que pueda ser interpuesta contra una de las partes por el citado incumplimiento de otra de las partes y acepta pagar el importe al que, en concepto de sanción, multa, indemnización, daños, perjuicios e intereses pueda ser condenada una de las partes, incluyendo honorarios de abogados, con motivo del citado incumplimiento.


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